Si eres un operador de cable, establecimiento hotelero, clínica, gimnasio, residencia o algún establecimiento abierto al público donde haya aparatos de televisión instalados (restaurante, bar, etc.), debes obtener una de las licencias de EGEDA.
EGEDA Perú se encarga de gestionar algunas modalidades del derecho de comunicación pública, aquellas cuya administración colectiva es necesaria, tales como la retransmisión y la comunicación en lugares abiertos al público. La ley de propiedad intelectual reconoce el derecho del productor audiovisual a autorizar la comunicación pública de sus obras y a recibir una remuneración por ello.
"Se entenderá por comunicación pública todo acto por el cual una pluralidad de personas pueda tener acceso a la obra sin previa distribución de ejemplares a cada una de ellas. No se considerará pública la comunicación cuando se celebre dentro de un ámbito estrictamente doméstico que no esté integrado o conectado a una red de difusión de cualquier tipo".
En la explotación habitual de las obras audiovisuales, las autorizaciones para la realización de los diferentes actos de comunicación pública las realiza directamente el productor audiovisual, como por ejemplo la proyección o exhibición pública de las obras en salas comerciales, o la emisión de las obras audiovisuales por televisión.
Sin embargo, determinados actos de comunicación pública por su carácter masivo y de difícil control individual, son gestionados y administrados de manera colectiva. Este es el caso de los actos de retransmisión y de comunicación en lugares abiertos al público, modalidades gestionadas por EGEDA Perú.
Como entidad de gestión colectiva que representa los derechos de los productores audiovisuales, EGEDA Perú tiene la obligación de hacer efectivos estos derechos a través de la concesión de las preceptivas autorizaciones para realizar estos actos de comunicación pública.
Igualmente, está obligada a establecer tarifas por el uso de su repertorio y a celebrar acuerdos con asociaciones de usuarios que lo soliciten y sean representativas de un sector determinado.
1. Licencia de EGEDA por retransmisión
2. Licencia de EGEDA por comunicación en lugares abiertos al público
3. Licencia de compensación por copia privada
1. Licencia de EGEDA Perú por retransmisión
¿Qué es la retransmisión?
Es la Reemisión de una señal o de un programa recibido de otra fuente, efectuada por difusión inalámbrica de signos, sonidos o imágenes, o mediante hilo, cable, fibra óptica u otro procedimiento análogo o digital conocido o por conocerse.
Es objeto de EGEDA Perú la gestión y protección de los derechos de propiedad intelectual que corresponden a los productores audiovisuales como consecuencia de la retransmisión íntegra, inalterada y simultánea de producciones audiovisuales emitidas o transmitidas por terceros emisores o transmisores, con posterior distribución a receptores individuales o colectivos bien mediante señal difundida de forma inalámbrica o bien cuando dicha señal es transmitida por hilo, cable, fibra óptica u otro procedimiento análogo, incluidas las redes telefónicas, o de comunicaciones, abiertas o cerradas, y ya sea por procedimientos analógicos o por cualquier otro procedimiento técnico.
Diferencia entre la retransmisión y la emisión originaria
El acto de retransmisión efectuado, por ejemplo por un cable operador local, es diferente al acto primario de emisión o transmisión efectuada por un emisor o transmisor originario. Se genera así en el caso de la retransmisión un nuevo y distinto uso de las obras audiovisuales contenidas en la señal retransmitida, lo que implica a su vez un nuevo ejercicio y goce de un derecho subjetivo y exclusivo por parte de los titulares de derecho representados por EGEDA Perú, distinto al derecho contenido en la primera transmisión.
Autorización para la retransmisión
Una vez que el emisor de una señal tiene la autorización de los titulares de las obras que inyecta en su sistema, no tiene que pedirlas nuevamente. Sin embargo, el receptor de dichas emisiones (por ejemplo, un cable operador) no puede distribuirlas por una red de cable sin tener La autorización de los titulares de las obras.
EGEDA gestiona los derechos de los productores audiovisuales (titulares de las obras) generados por el acto de retransmisión.
Existe la posibilidad de que un operador (independientemente de que difunda su señal por vía inalámbrica o por cable en un mismo paquete de oferta al público, de forma gratuita o mediante pago) incluya señales de producción propia, es decir aquellas en las que tiene la responsabilidad editorial, además de señales previamente difundidas por terceros. En este caso, su primera actividad es de emisión o transmisión (uso primario) y la segunda de retransmisión (uso secundario). Cuando un operador realice estas dos actividades, una parte de su actividad está cubierta con la autorización originaria de los titulares (la emisión) pero no la otra (retransmisión). Es en esta última actividad en la que actúa la autorización de EGEDA Perú.
¿Quién debe obtener la licencia por retransmisión?
Deben obtener licencia de EGEDA Perú quienes realicen los siguientes actos de retransmisión:
- Retransmisiones de producciones audiovisuales contenidas en las diferentes señales emitidas por vía terrestre o por satélite a través de las televisiones locales que emiten, a su vez, por ondas.
- Retransmisiones a través de las redes de cable que distribuyen la señal y su contenido a los hogares, lugares abiertos al público, etc.
- Retransmisiones de producciones audiovisuales contenidas en las diferentes señales emitidas por vía terrestre o por satélite a las habitaciones de los hoteles, clínicas, etc.
Tarifas por retransmisión
EGEDA Perú no efectúa diferencia alguna en base a que las señales sean retransmitidas voluntariamente o por fuerza de la ley nacional que someta al distribuidor a dicho acto, bajo las normativas conocidas como "must carry".
- Tarifas por retransmisión por cable
Las tarifas de EGEDA Perú aplicables a la retransmisión de las obras audiovisuales son fijadas en relación a la cantidad total de abonados de cada operador que ofrezca y retransmita.
- Tarifas por retransmisión en establecimientos abiertos al público
Las tarifas de EGEDA Perú aplicables a la retransmisión en establecimientos abiertos al público (establecimiento hotelero, clínica, residencia, etc.) son fijadas en relación a la categoría y capacidad del establecimiento.
2. Licencia de EGEDA Perú por comunicación en lugares abiertos al público
La Comunicación pública es todo acto por el cual una o más personas, reunidas o no en un mismo lugar, puedan tener acceso a la obra sin previa distribución de ejemplares a cada una de ellas, por cualquier medio o procedimiento, análogo o digital, conocido o por conocerse, que sirva para difundir los signos, las palabras, los sonidos o las imágenes. Todo el proceso necesario y conducente a que la obra sea accesible al público constituye comunicación.